Comercio electrónico en México
Legislación que regula el comercio electrónico en México
La existencia del comercio electrónico significa que su decreto es necesario, y luego el Comité de Derecho de Comercio Internacional de la ONU ha creado un acto de modelado de comercio electrónico, en el que los términos, principios y requisitos permiten el equilibrio para apelar, proporcionar información sobre documentos procesados y proporcionados por información electrónica. Esto significa que estas disposiciones permiten que las apelaciones sean equilibradas por acciones, empresas o contratos electrónicos o firmas electrónicas avanzadas.
En México, el Código de Comercio establece que las actividades de comercio electrónico regidas por leyes que estarán sujetas, en su interpretación y aplicación, a los principios de neutralidad tecnológica, autonomía de voluntad, interoperabilidad internacional y funcionalidad equivalente de transmisión de datos para materiales de información, sobre medios no electrónicos y firmas electrónicas que impliquen firmas manuscritas:
- Principio de neutralidad tecnológica: De acuerdo con este principio la ley contempla todas las formas en que la información (mensaje de datos) se genera, archiva o transmite, independientemente de la tecnología empleada. Es decir, la ley no considera válida una determinada tecnología, sino que comprende a todas.
- Principio de la autonomía de la voluntad: Este principio se refiere a que las partes son libres para establecer las reglas que rijan sus relaciones, siempre y cuando no contravengan las disposiciones legales.
- Principio de compatibilidad internacional: Este principio se refiere a la compatibilidad de la tecnología empleada para la generación de las firmas electrónicas.
- Principio de equivalencia funcional: Mediante este principio se establecen los criterios conforme a los cuales la información electrónica se equipara a la información en papel. De acuerdo con este principio se enuncian los requisitos que deben tener los documentos electrónicos para producir los mismos efectos que los documentos tradicionales en papel.
Los principios básicos en las relaciones de consumo son:
- Real protección al consumidor en las transacciones efectuadas a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
- Adecuada utilización y protección de los datos aportados por los consumidores a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
- Protección a la vida, seguridad y salud del consumidor contra los riesgos producidos por productos y servicios considerados nocivos.
- Educación y divulgación sobre el consumo adecuado de los productos, garantizando equidad en las contrataciones.
- Información clara de características, calidad y precio de los productos y servicios.
- Reparación de daños patrimoniales y morales.
- Protección jurídica, economica, administrativa y técnica a los consumidores.
- Protección contra la publicidad engañosa y abusiva, y prácticas desleales.
La Procuraduría Federal de Protección al Consumidor (PROFECO) está encargada de fomentar una cultura de consumo responsable e inteligente, de la protección de los derechos de los consumidores, y podrá ejercitar acciones ante la autoridad judicial competente, así como denunciar ante el Ministerio Público los hechos que puedan ser constitutivos de delitos y que sean de su conocimiento, y además está facultada para denunciar ante las autoridades competentes los actos que constituyan violaciones administrativas que afecten la integridad e intereses de los consumidores.
Refrencias:
- Gobierno de México (s.f.). Generalidades del comercio electrónico. [Sitio Web] [Extraído de: https://www.gob.mx/impi/articulos/generalidades-del-comercio-electronico#:~:text=En%20México%2C%20el%20Marco%20Jurídico,diversas%20plataformas%20como%20el%20internet.]
- Justicia (s.f.). Comercio Electrónico. [Blog] [Extraído de: https://mexico.justia.com/derecho-mercantil/comercio-electronico/].


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